La flexibilización de la adopción plena: Una inteligente creación pretoriana en armonía con la Constitución

Autor: Jáuregui, Rodolfo G.
Publicado en: DFyP 2013 (noviembre), 01/11/2013, 55
Fallo comentado: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul, sala I ~ 2013-04-11 ~ C., M. M. s/adopción
Cita Online: AR/DOC/3492/2013
Sumario: I. El caso. II. La novedad en primera instancia. III. Los fundamentos jurídicos del fallo de Cámara que confirma la decisión. IV. Análisis crítico. V. Conclusión.
I. El caso
(1) Los guardadores (un matrimonio, ambos padrinos de la niña de 7 años a la época del fallo), pidieron su adopción plena.
La jueza de grado les había otorgado la guarda preadoptiva (18/11/09), por lo que se encontraban reunidos los requisitos legales. La madre biológica de la menor había sido declarada insana en el año 2002, y el progenitor no tenía contacto con ella desde el 2005.
El curador Oficial consideró acreditadas las condiciones para otorgarles adopción simple a fin de resguardar el vínculo de la niña con sus parientes biológicos. El Ministerio Público a través de su equipo técnico gestionaría la revinculación.
Se hizo lugar a lo peticionado inicialmente, otorgándose a favor de los guardadores la adopción plena de la niña, con efecto retroactivo al día 18/11/09, (art. 322 del C.C.).